Guía paso a paso para transformar una idea en una entidad con impacto social
La creación de una fundación es un proceso que combina ilusión, compromiso y una serie de pasos administrativos y legales. Si estás pensando en dar forma jurídica a un proyecto con fines de interés general, esta guía te ofrece una visión clara y estructurada del proceso de constitución de una fundación en España.
Si antes quieres más sobre el concepto de fundación, puedes leer nuestra entrada ¿Qué es una fundación?
1. Define el alcance y los fines de la fundación
Todo comienza con una pregunta clave: ¿qué objetivo quieres lograr y dónde quieres actuar?
Dependiendo del territorio en el que se desarrollarán las actividades, deberás optar por una fundación de:
- Ámbito autonómico, si actúa en una sola comunidad autónoma.
- Ámbito estatal, si desarrolla su actividad en varias comunidades o en todo el país.
Este aspecto es esencial, ya que las competencias sobre fundaciones están delegadas a las Comunidades Autónomas (CCAA), y cada una puede contar con normativa específica. En ausencia de esta, se aplica la legislación estatal (Ley 50/2002, de Fundaciones).
2. Solicita el certificado de denominación
El primer trámite formal consiste en solicitar el certificado negativo de denominación al Registro de Fundaciones competente (nacional o autonómico). Este documento confirma que el nombre elegido para tu fundación no está ya en uso.
3. Realiza la dotación fundacional
La ley exige que la fundación cuente con una dotación suficiente para cumplir sus fines:
- Dotación dineraria: consiste en realizar un ingreso en una cuenta bancaria a nombre de la fundación.
- Dotación no dineraria: en este caso, los bienes deben ser valorados por un tasador independiente.
Esta dotación puede aportarse de forma íntegra o en plazos, según lo previsto por la legislación aplicable.
4. Redacta los estatutos
Los estatutos son el documento clave que recoge:
- Los fines fundacionales
- La sede y el ámbito de actuación
- Las normas de funcionamiento del Patronato
- El régimen económico, entre otros aspectos
Es recomendable someter los estatutos a revisión previa del Protectorado correspondiente antes de firmarlos ante notario, para evitar errores o requerimientos posteriores.
5. Designa el Patronato
El Patronato es el órgano de gobierno de la fundación. Debes definir:
- Quiénes lo componen (personas físicas o jurídicas)
- Los cargos que ocupará cada miembro
- La forma de toma de decisiones y representación
El compromiso del Patronato será clave para la gestión eficaz y transparente de la fundación.
6. Firma la escritura pública de constitución
Una vez reunidos los elementos anteriores —certificado de denominación, estatutos, dotación y estructura del Patronato— se acude a notaría para otorgar la escritura pública de constitución.
En este acto también se puede solicitar el CIF provisional y preparar la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el cual está exento para las fundaciones.
7. Inscribe la fundación en el Registro
Con la escritura firmada, deberás solicitar la inscripción en el Registro de Fundaciones correspondiente. El proceso incluye:
- La revisión por parte del Protectorado
- La evaluación de la idoneidad de la dotación
- La validación de la adecuación de los estatutos a la normativa vigente
El plazo legal para resolver la inscripción es de tres meses, prorrogable en casos justificados.
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En nuestro equipo, acompañamos a personas, familias e instituciones en todo el proceso de creación y puesta en marcha de fundaciones. Nos encargamos de la tramitación, redacción de estatutos, diseño de estructuras de gobierno y relación con los Protectorados, para que tú puedas centrarte en lo más importante: el impacto social de tu proyecto.
